Aerodromo | | Dependencia establecida para facilitar servicio de informacion de vuelo y servicion de alerta. |
Aerodromo Alterno | | Lugar geografico especificado, con referencia al cual puede notificarse la posicion de una aeronave. |
Aerodromo controlado | | Espacio aereo entre la altitud de trasicion y el nivel de trasicion |
Aerovia | | Expresion generica que se aplica, segun el caso a un centro de control de area, a una oficina de control de aproximacion o a una torre de control de aerodromo. |
Altitud | | Dispositivo radioelectrico para la deteccion que proporciona informacion acerca de la distancia , AZIMUT y/o elevacion de objetos. |
Altura | | Aerodromo peligroso, no aterrice . |
Area de control | | Maniobra predeterminada que mantiene a la aeronave dentro de un espacio aereo especificado, mientras espera una autorizacion posterior. |
Area de control terminal | | Distancia vertical entre un punto o nivel de la superficie de la tierra, o unido a ella y el nivel medio del mar. |
Area de maniobras | | Espacio aereo de dimensiones definidas dentro del cual se facilita servicio de control de transito aereo a los vuelos IFR y a los vuelos VFR de conformidad con la clasificacion del espacio aereo. |
Area con servicio de asesoramiento | | Distancia vertical entre un nivel , punto u objeto considerado como punto y el nivel medio del mar. |
Autorizacion del control de transito aereo | | Area rectangular definida en un aerodromo terrestre preparada para el aterrizaje y el despegue de las aeronaves. |
Aeronave | | Dependencia establecida para facilitar servicio de control de transito aereo a los vuelos controlados en las areas de control bajo su jurisdiccion. |
Calle de rodaje | | Area definida de tierra o de agua (que inclugye todas sus edificaciones y equipos) destinada total o parcialmente a la llegada , salida y movimiento en superficie. |
Calle de transicion | | Regrese para aterrizar. |
Capa de transicion | | aerodormo en el que se facilita servicio de control , transito aereo para el tramite de aerodromo. |
Centro de control de area | | Espaci aereo controlado que se extiende hacia arriba desde un limite especificado sobre el terreno |
Centro de informacion de vuelo | | Comunicacion en ambos sentidos entre las aeronaves y las estaciones o puntos situados en la superficie de la tierra |
Comunicacion aeroterrestre | | Autorizado para aterrizar. |
Dependencia de control de transito aereo | | Ruta especificada que se ha destinado para canalizar la corriente del transito segun sea necesario para proporcionar servicio de transito aereo. |
Dependencia de servicio de transito aereo | | Autorizado para rodaje. |
Derrota | | Aerodromo al que podria dirigirse una aeronave cuando fuera imposible o no fuera aconsejable dirigirse al aerodromo de aterrzaje previso o aterrizar en el mismo |
Elevacion | | Hora a la ATC que prevee que una aeronave que llega, despues de haver experimentado una demora, abandonara el punto de espera para completar su aproximacino para aterrizar. |
Elevacion del aerodromo | | Simbolo utilizado para designar la reglas de vuelo por instrumentos. |
Espacio aereo con servicio de asesoramiento | | Apartese del area de aterrzaje en uso. |
Espacia aereo controlado | | Elevacion del punto mas alto del area de aterrizaje. |
Hora prevista de aproximacion | | Area de control establecida generalmente en la confluencia de rutas ATS en las inmediaciones de uno o mas aerodromos principales. |
IFR | | Espacio aereo de dimensiones definidas, o ruta designada , dento de los cuales se proporciona servicio de asesoramiento de transito aereo. |
IMC | | Espacio aereo entre la altitud de transicion y el nivel de trasicion. |
Limite de autorizacion | | Alto. |
Nivel | | Espacio aereo de dimensiones definidas, dentro del cual se facilitan los servicios de informacion de vuelo y alerta. |
Pista | | Informacion especifica que respecto a un vuelo proyectado o aparte de un vuelo de una aeronave, se somete a las dependencias de los servicios de transito aereo. |
Plan de vuelo | | Nombre generico que significa altitud, altura o nivel de vuelo. |
Procedimiento de aproximacion frustrada | | Espacio aereo de dimensiones definidas, o ruta designada, dento de los cuales se proporciona servicio de asesoramiento de transito aereo. |
Procedimiento de aproximacion por instrumentos | | Regrese a su punto de partida en el aerodromo. |
Procedimiento de espera | | Simbolo utilizado para designar las condiciones meteorologicas de vuelo por instrumentos. |
Punto de notificacion. | | Autorizacion par aque una aeronave proceda en condiciones espeficicas por una dependencia de control de transito aereo. |
Radar | | Autorizado para despegar. |
Region de informacion de vuelo | | Area de control o parte de ella dispuesta en forma de corredor y equipada con radio ayudas para la navegacion. |
Rumbo | | Proyeccion sobre la superficie terrestre de la trayectoria de una aeronave, cuya direccion en cualquier punto se expresa generalmente en grados a partir del norte (geografico, magnetico, o de la cuadricula) |
Ruta | | Ceda el paso a otra aeronave y siga en el circuito. |
Calo | | Via definida en un aerodromo terrestre, establecida para el rodaje de aeronaves y destinada a proporcionar en lace entre una y otra parte del aerodromo |
Luz verde (fija) en tierra | | Direccion en que apunta el eje longitudinal que una aeronave expresada generalmente en grados respecto al norte (geografico, magnetico, de la brujula o de la cuadricula) |
Serie de destellos verdes en tierra | | Distancia vertical entre un nive, punto u objeto considerado como punto y una referencia especifica. |
Roja (fija) en tierra | | Aterrice en este aerodromo y dirijase a la plataforma. |
Serie de destellos rojos (en tierra) | | Serie de maniobras predeterminadas realizadas por referencia a los instrumentos de a bordo, desde el punto de referencia de aproximacion inicial o desde una ruta hasta un punto a partir del cual sea posible hacer el aterrizaje. |
Seria de destellos blancos (en tierra) | | Procedimiento que hay que seguir si no se puede proseguir la aproximacion. |
Serie de destellos verdes y rojos (en tierra) | | Punto hasta el cual se concede a una aeronave un autorizacion del control de transito aereo. |
Luz verde (fija) en aire | | Toda maquina que puede sustentarse en la atmosfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra. |
Serie de destellos verdes (aire) | | Parte del aerodromo que ha de utilizarse para el despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves excluyendo las plataformas. |
Roja fija (aire) | | Limitense los terminos al lenguaje usual, comun y corriente. Evitese un lenguaje academico o esterilizado. Abstengase de utilizar apodos . |
Serie destellos rojos (aire) | | Signo de alerta general/ mantenga extrema precaucion. |
Serie de destellos blancos | | Expresion generica que se aplica, segun el caso, a una dependencia de control de transito aereo, a un centro de informacion de vuelo o a una oficina de notificaion de los servicios de transito aereo. |